El 17 de Feb de 2005 entró en vigor la nueva legislación de la Unión Europea, detallando cómo y cuándo las aerolíneas, incluyendo British Airways *, deben compensar y ofrecer asistencia a los pasajeros con incidencias.
La legislación es aplicable a aquellos pasajeros saliendo desde algún país miembro de la Unión Europea, y aplica a aquellos pasajeros en vuelos que entren a la Unión Europea en una Compañía Aérea Europea.
La nueva legislación cubre cuatro tipos diferentes de incidencias: - Vuelos cancelados
- Retrasos largos
- Denegación de embarque
- Cambio a una cabina inferior
Las medidas a tomar que se especifican en esta legislación en el caso de incidencias, son las siguientes: - Notificar al pasajero sus derechos establecidos
- Ofrecer un cambio de ruta o un reembolso
- Proveer asistencia en el aeropuerto
- Ofrecer una compensación - en el caso de denegación de embarque, un cambio a una cabina inferior y, si procede, en el caso de cancelaciones
Las medidas exactas a tomar dependen de las circunstancias de la incidencia.
Adjuntamos una guía que incluye un resumen de la nueva legislación de la Unión Europea, haz clic aquí para descargar la información en tu PC.
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* Incluyendo BA Connect y otros vuelos operados por franquicias de British Airways con código BA: Logonair, GB Airways, British Mediterranean y Sun-Air de Scandinavia A/s (para los que British Airways provee información)
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